La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia declarando la existencia de intromisión ilegítima por parte de Sonia Monroy en el derecho a la intimidad personal y a la vida privada de Pepe Navarro por las declaraciones hechas a lo largo de un reportaje publicado por la revista INTERVIÚ en marzo del año 2006.

La Sentencia declara que las manifestaciones difundidas se refieren a aspectos que objetivamente forman parte de la intimidad y privacidad del demandante, y que el goce de pública notoriedad por parte del actor debido a la profesión que desempeña no le priva de la protección de su derecho a la intimidad.

La Sentencia confirma así el fallo dictado anteriormente por la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, incrementa la indemnización que deberá percibir el demandante como consecuencia de la vulneración de sus derechos, y condena a Sonia Monroy al cese en la intromisión de los derechos del actor y al pago de las costas procesales.

Isabel Reig Tomasín.

Departamento de Honor, Intimidad y Propia Imagen

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