El convenio del mes - Noviembre

El convenio del mes - Noviembre
Blog

30/11/2023

El día 25 de octubre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el II Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios.

El texto, que regula las relaciones de trabajo entre las empresas que realicen actividades de asistencia a los animales en centros y servicios sanitarios veterinarios o fuera de ellos, y se aplicará a todo el personal que preste servicios en las empresas afectadas y en todo el territorio del estado español, tiene una vigencia desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Aquí mencionamos algunas de las principales novedades que incluye el nuevo convenio:

1.- Tablas salariales.

  • Subida salarial: Se pacta una subida salarial del 4,5% para el 2023, el 3,5% para el 2024 y del 3% para el año 2025.

Como novedad, añade una clausula de revisión según el Índice de Precios al Consumo (IPC), indicando que, si el IPC acumulado correspondiente a los años de vigencia del convenio supera el 11%, durante el primer trimestre del 2026 se abonará a las personas trabajadoras un pago correspondiente a la diferencial entre el IPC acumulado y el 11% con un máximo del 2% del salario bruto anual percibido por la persona trabajadora en el año 2025.

  • Plus de nocturnidad: Se pacta una subida del 26% para el año 2023, del 28% para el año 2024 y del 30% para el año 2025.
  • Festivos: Aumenta el precio al que se abonan los festivos ordinarios y especiales, quedando de la siguiente forma:
2023 2024 2025
ORDINARIOS 22€ 23€ 24€
ESPECIALES 50€ 52,5€ 55€
  • Kilometraje: Pasa el abona del kilometraje de 0,19€/km a 0,22€ km.

Además, da de plazo hasta el último día hábil del mes siguiente a la publicación del convenio para el abono de los atrasos correspondientes, esto es, hasta el 30 de noviembre de 2023.

2.- Complemento del accidente laboral.

A partir de los veintiún días de baja, la empresa abonará a la persona trabajadora el 100% de la base reguladora, hasta ahora era a partir de los treinta días de baja.

3.- Licencias retribuidas.

  • Se procede a la inclusión de las mejoras establecidas en el RD 5/2023, transcribiendo el permiso de hasta 4 días año de ausencia por fuerza mayor regulado en el artículo 37.9 del ET así como el permiso parental del 48 bis del ET.
  • Ampliación a 3 días de permiso en caso de fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Un día por asuntos propios.

4.- Excedencia para atender el cuidado de hijos y familiares.

Ampliación de uno a dos años la reserva del puesto de trabajo.

5.-Disponibilidad.

Se reduce el tope de horas de disponibilidad pasando de 1,5 a 1,4 veces la jornada laboral, estableciendo así que el máximo de horas de disponibilidad no podrá exceder de 2.492 horas.

Departamento Laboral y de Empleo.

Buscador de artículos
Últimos artículos
Lo que debes saber sobre los cambios en el impuesto sobre el alcohol a partir del 20 de mayo de 2024
Lo que debes saber sobre los cambios en el impuesto sobre el alcohol a partir...
13 may. 2024
Aprobada la "Ley de influencers": claves de la nueva regulación
Aprobada la "Ley de influencers": claves de la nueva regulación
10 may. 2024
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la inscripción de los Planes de Igualdad
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la inscripción de los Planes de Igualdad
08 may. 2024
Asistimos al Madrid Investment Forum Miami: oportunidades de inversión | Eventos
Asistimos al Madrid Investment Forum Miami: oportunidades de inversión |...
18 abr. 2024
Servicios relacionados

Áreas de práctica:

Más artículos por etiqueta

Más info

+ Reconocimientos (11)

Más info

+ Desayunos (11)

Más info

+ Eventos (50)

Más info

+ Casos de éxito (9)

Más info

+ Blog (64)

Más info

+ Operaciones y clientes (3)